Jueves 28 de Marzo de 2024


 29/09/2019 - Sociedad
Ramos Padilla ordenó la destrucción de un informe con las llamadas de Daniel Santoro, el Juez demuestra que se respeta la Fuente de Información.

Ramos Padilla ordenó la destrucción de un informe con las llamadas de Daniel Santoro


El juez federal de Dolores Alejo Ramos Padilla ordenó la destrucción de un registro de llamadas telefónicas del periodista de Clarín Daniel Santoro en la causa D’Alessio, pero no por el respeto al secreto profesional periodístico -consagrado por la Constitución-, sino por el derecho a la privacidad de las personas.


En una nueva resolución, Ramos Padilla dijo sobre el debate de fondo que “debe quedar en claro que el hecho que el señor Santoro se desempeñe como periodista no puede obturar per se la realización de medidas de prueba propias de cualquier investigación penal de estas características”.


Los abogados de Santoro, Mauricio De Nuñez y Guido Schiarreta, habían pedido la nulidad de la medida y la destrucción del listado con las llamadas entrantes y salientes del periodista de los últimos tres años porque contenían una radiografía de los nombres de las fuentes que consulta el editor de Judiciales de Clarín.


Si bien el juez, ante el reclamo del periodista, dijo que reservó el informe, en su resolución rechazó el pedido de nulidad porque la defensa “no ha demostrado un perjuicio concreto ni tampoco observó la presencia de algún vicio que revista trascendencia que afecte derechos o garantías amparados por la Constitución Nacional”.


Luego de citar otros casos, Ramos Padilla sostuvo que “no es posible pensar o sostener un estado o un poder judicial que mantenga registros de conversaciones telefónicas -como ha ocurrido en otros casos de escuchas telefónicas- que no son pertinentes para la investigación del caso que eventual puedan ser utilizadas en el futuro”.


Para Ramos Padilla, la Justicia “deben velar para que estos registros no invadan -ilegal e indebidamente- los derechos a la privacidad e intimidad señalados, más aún en el supuesto en el que se encuentren en juego la posible afectación del ejercicio de la profesión que ejerce el imputado”.










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