Con estas inquietudes, distintos organismos y sistemas legales empezaron a definir posiciones para evitar que esta zona gris afecte el registro de patentes.
La IA como herramienta, no como creadora
La Oficina de Patentes y Marcas de Estados Unidos (USPTO) tomó cartas en el asunto y dio un primer paso para intentar resolver este tema. Publicó la semana pasada nuevas pautas que ponen un límite claro en un terreno donde la tecnología avanzaba más rápido que la regulación.
Un documento del organismo establece que los sistemas de inteligencia artificial, por más sofisticados que sean, deben considerarse herramientas de trabajo. En la práctica, quedan ubicados en la misma categoría que un microscopio, una base de datos o un software de simulación.
Según la USPTO, solo las personas humanas pueden tener la concepción de una invención. Esa concepción es el elemento central para acceder a una patente, y es lo que excluye a cualquier modelo de IA del proceso legal. Por eso, ninguna solicitud puede incluir a una IA como inventora, sin importar la relevancia del aporte.
Unificación de criterios y fin de la ambigüedad
Hasta ahora, algunas interpretaciones dentro del gobierno estadounidense hablaban de la posibilidad de evaluar invenciones bajo un esquema de coautoría entre humanos e IA. Las nuevas directrices simplifican este escenario: existe un único estándar y el crédito siempre recae en una persona.
El cambio pretende cerrar un vacío que complicaba a empresas, investigadores y startups. Con la expansión del uso de IA desarrollo, no estaba claro si las ideas generadas con asistencia automatizada podían protegerse legalmente.
Qué significa para inventores, científicos y startups
La inteligencia artificial obliga a replantear nociones tradicionales sobre autoría y propiedad intelectual.
La línea marcada por la USPTO ordena el mapa en dos casos concretos:
- Idea humana + asistencia de IA = patentable. El derecho corresponde a quien dirigió el proceso creativo y técnico.
- Idea generada plenamente por IA, sin intervención humana significativa = no patentable. No existe un inventor legalmente reconocible.
Para quienes trabajan con modelos generativos en fases de investigación o diseño, la recomendación del organismo es clara: documentar el aporte humano en el proceso.
De todas maneras, las directivas de la USPTO no cierran el debate. A medida que los modelos de IA avanzan y empiezan a resolver problemas complejos casi sin supervisión, crece la zona gris: casos en los que la IA realiza el 90% del trabajo y la participación humana se limita a enunciar un objetivo o ajustar parámetros.
La justicia estadounidense ya rechazó patentes que intentaron nombrar a una IA como inventora, pero todavía no abordó en profundidad los escenarios híbridos. Esa discusión será uno de los grandes temas de los próximos años, especialmente si los sistemas generativos mejoran su autonomía.
Por ahora, la legislación mantiene un principio firme: la creatividad, desde el punto de vista legal, sigue siendo humana. La IA podrá proponer diseños, optimizar estructuras y resolver cálculos imposibles, pero para la ley sigue siendo una herramienta sofisticada. El “chispazo” original, ese momento que transforma una idea en una invención, sigue siendo propiedad exclusiva de quien la concibe.
















