Sábado 13 de Diciembre de 2025







 20/07/2025 - POLICIALES
Una mujer mató de un escopetazo en el pecho a su pareja, la Justicia determinó que fue en un contexto de violencia de pareja

El crimen de Juan Félix Melucci ocurrió el 26 de abril en una quinta de la ciudad de Balcarce, luego de una discusión entre ella y su pareja. La medida fue dispuesta por la Cámara de Apelación y Garantías.


Una mujer fue arrestada tras matar de un escopetazo a su pareja en el pecho, en un contexto de violencia de género. En las últimas horas, la Justicia entendió que se trató de un acto de legítima defensa, y le concedió la prisión domiciliaria para que permanezca en un domicilio de Balcarce, donde ocurrieron los hechos.



El crimen ocurrió el 26 de abril en una quinta de esa ciudad, luego de una discusión entre ella y su pareja, Juan Félix Melucci. 


La Policía llegó al lugar tras un llamado al 911, que alertó sobre un disparo en la zona de la quinta "Los Abuelos". El cuerpo de Melucci fue encontrado junto a un vehículo Peugeot 206 con una escopeta en el asiento.




En su ampliación de declaración, la mujer sostuvo que la había golpeado y que logró enviar audios a una amiga antes del disparo. Aseguró que no quiso matarlo, sino escapar del ataque.



La medida fue dispuesta por la Cámara de Apelación y Garantías. La defensa, a cargo de la abogada Luz Alonso Proto, había solicitado la prisión domiciliaria al considerar que el hecho debía analizarse con perspectiva de género.


La defensora indicó que “no fue acreditado el dolo homicida, que la causante en todo momento quiso defenderse y escaparse del ataque físico al que estaba siendo sometida”, y que ello “estaba probado por los audios de WhatsApp que le envió a su amiga, la pericia química sobre sus prendas que contenían sangre propia por golpe en la nariz y las lesiones leves constatadas”.


Además, alegó que Melucci ejercía violencia física, psicológica y simbólica desde hacía años, y que esa noche también la golpeó y la hizo sangrar.




Como pruebas, presentó los audios enviados por Ibarra durante la agresión, pericias químicas que detectaron sangre propia en sus prendas y lesiones constatadas en su cuerpo. 


Además, señaló que no había indicios de dolo homicida, y cuestionó que el fiscal Rodolfo Moure mantuviera la calificación de Homicidio agravado por el vínculo.


En la resolución, el juez Gastón De Marco consideró que no hay riesgo procesal si la mujer permanece en su domicilio bajo vigilancia electrónica.
















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