La provincia de Buenos Aires modificó su Ley de Tránsito y estableció nuevos criterios para determinar quién tiene prioridad de paso en las esquinas y los cruces. La reforma mantiene como regla general la preferencia para el vehículo que llega desde la derecha, pero incorpora situaciones en las que ese derecho deja de aplicarse.
El cambio fue promulgado el 30 de octubre de 2026, mediante la Ley 15.657, que incorporó el artículo 28 quater a la Ley 13.927, correspondiente al Código de Tránsito bonaerense.
La iniciativa fue impulsada por la diputada provincial Silvina Vaccarezza, de UCR-Cambio Federal, y busca precisar las prioridades entre vehículos que circulan por calles de distinta jerarquía.
Avenidas y rutas tendrán prioridad sobre las calles secundarias
Uno de los principales cambios establece que los vehículos que circulan por autopistas, semiautopistas, rutas, carreteras y avenidas tienen prioridad frente a quienes llegan desde vías de menor jerarquía.
Esto significa que un conductor que se aproxima por una calle secundaria deberá detenerse antes de ingresar o cruzar una avenida, aunque llegue desde la derecha.
La modificación busca resolver una falta de precisión que existía desde la sanción del Código de Tránsito provincial en 2009, ya que no estaba establecido expresamente que la prioridad por la derecha pudiera perderse frente a un vehículo que circulaba por una vía principal.
Cuáles son las otras excepciones a la prioridad de la derecha
La nueva legislación también establece otras situaciones en las que los conductores deben ceder el paso:
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Señalización vial: cuando exista una indicación específica que establezca otro orden de prioridad.
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Trenes: los vehículos ferroviarios tienen prioridad de paso.
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Emergencias: ambulancias, patrulleros y otros vehículos de urgencia tienen preferencia cuando cumplen sus funciones y utilizan las señales de advertencia correspondientes.
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Rotondas: quienes ingresan deben ceder el paso a los vehículos que ya circulan dentro de ellas.
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Calles de tierra: los conductores que transitan por ellas deben dejar pasar a quienes circulan por una vía pavimentada.
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Giros: quienes giran hacia una calle transversal deben ceder el paso a los vehículos que circulan por esa vía.
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Peatones: tienen prioridad quienes cruzan o están por cruzar legalmente por una senda peatonal o un cruce habilitado.
Qué ocurre cuando hay filas de vehículos o un conductor se detiene
La reforma también contempla situaciones habituales en las intersecciones.
Cuando se forman filas de vehículos con circulación lenta en ambas calles de un cruce, el paso debe organizarse de manera alternada: avanza un vehículo por vez desde cada una de las vías.
Además, un conductor pierde la prioridad si detiene completamente la marcha antes de ingresar a una encrucijada y otro vehículo llega en movimiento.
En las cuestas estrechas, deberá retroceder el vehículo que desciende, excepto cuando lleve un acoplado o remolque.
Qué establece la ley para las zonas rurales
La normativa incorpora una disposición específica para los caminos rurales. En esos sectores, los peatones, ciclistas y jinetes deben ceder el paso a los demás vehículos, salvo cuando atraviesen zonas señalizadas que les otorguen prioridad.
También determina que, cuando coincidan varias de las excepciones previstas, deberá respetarse el orden de prioridades establecido en el artículo 28 quater.
¿Sigue vigente la prioridad para quien viene por la derecha?
Sí. La regla tradicional no desapareció: cuando no se presenta ninguna de las excepciones contempladas por la nueva ley, continúa teniendo prioridad el vehículo que se aproxima por la derecha.
La modificación establece criterios más específicos para los cruces entre calles y vías de distinta jerarquía, por lo que los conductores deberán prestar atención a las características de cada intersección y a la señalización correspondiente.
La Ley 15.657 fue promulgada y publicada en el Boletín Oficial bonaerense el 30 de octubre de 2026, por lo que sus disposiciones ya se encuentran vigentes.
